El proceso de tramitación ante Canal de Isable II, paso a paso.
Tramitar una acometida de saneamiento en Madrid implica cinco fases secuenciales. Cada fase tiene requisitos documentales específicos y plazos de respuesta que no dependen del promotor ni del técnico. Conocerlas de antemano es la única forma de evitar paralizaciones por documentación incompleta o subsanaciones evitables.

Alta de expediente
Se presenta la solicitud con toda la documentación técnica y administrativa ante Canal de Isabel II. La documentación mínima incluye: solicitud normalizada, escritura o nota simple registral, DNI del titular, licencia urbanística municipal (para nueva Acometida), seguro de responsabilidad civil (exigible en el municipio de Madrid), nombramiento de dirección técnica, proyecto técnico completo y autorización de vertidos (Acometida Industrial). La documentación se presenta en formato digital, por correo electrónico, a través de la Oficina Virtual de Canal o presencialmente en José Abascal, 10. Una vez revisada, Canal emite una factura de importe fijo (223,92 €, IVA. incluido) por la revisión del proyecto y emisión de la licencia.
Puedes consultarlo en el portal de Gestiones de alcantarillado y saneamiento de Canal de Isabel II.
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Revisión y autorización
Canal revisa la documentación presentada con el proyecto. Si es correcta, emite la autorización de ejecución. Este documento es el que habilita para solicitar los permisos de obra al Ayuntamiento correspondiente. Los plazos de respuesta de Canal en esta fase son variables y no están sujetos a silencio administrativo positivo.

Licencia municipal
Con la autorización de Canal de Isabel II, se solicita ante el Ayuntamiento correspondiente la licencia de cala. Cada Ayuntamiento aplica su propia ordenanza, con procedimiento, documentación, plazos y tasas diferenciados. El esquema económico general es común: una tasa proporcional a la longitud de zanja o a la superficie (m²) de pavimento afectado, más la constitución de una garantía (aval) que responde de la correcta reposición del pavimento y de la adecuada gestión de los residuos. La garantía se libera finalizado el periodo de garantía. Sin esta licencia no puede iniciarse la obra, aun disponiendo de la autorización de Canal.
Puedes consultar aquí los trámites de Acometidas en el caso específico del Ayuntamiento de Madrid.



Ejecución de la obra
La obra se ejecuta bajo un protocolo estricto de coordinación con Canal: aviso de inicio con 5 días hábiles de antelación, aviso de la instalación de tubería con 3 días de antelación para inspección en ejecución, comunicación de fin de obra con Certificado Final (firmado por el director de obra) y entrega de documentación as-built actualizada. Si la inspección de Canal detecta desviaciones respecto al proyecto aprobado, la obra queda paralizada hasta la subsanación.

Certificado de idoneidad
Completadas las inspecciones sin incidencias, Canal emite el Certificado de Idoneidad. Este certificado es requisito indispensable para obtener la licencia de primera ocupación y la cédula de habitabilidad ante el Ayuntamiento.

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Desde la fase 1 hasta el Certificado de Idoneidad.
